Saltar al contenido
ICIO por Ayuntamiento

ICIO en Torrijo de la Cañada

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

2,2 %Tipo 2026
Zaragoza · 201 habitantes · datos de 2026

Según Hacienda, el ICIO de Torrijo de la Cañada es del 2,2 % en 2026. Está por debajo de la mediana provincial, del 2,5 %, y la mediana nacional es del 2,7 %. Por una obra de 50.000 € de ejecución material pagarías 1.100 € antes de bonificaciones.

El tipo cambió respecto a 2025, cuando figuraba el 1 %. Revisa la ordenanza fiscal vigente si tu obra empezó antes del cambio.

Calcula el ICIO en Torrijo de la Cañada

Estimación orientativa: la cuota definitiva la fija el ayuntamiento al comprobar el coste real de la obra. No incluye la tasa de licencia.

Ejemplos de ICIO en Torrijo de la Cañada

Coste de ejecución materialICIO sin bonificaciones
Obra de 10.000 €220 €
Obra de 50.000 €1.100 €
Obra de 200.000 €4.400 €

Evolución del tipo

AñoTipo del ICIO
20262,2 %
20251 %
20241 %

Fuente: consulta de información impositiva municipal del Ministerio de Hacienda, datos de 2026. Un ayuntamiento puede aprobar cambios o bonificaciones en su ordenanza fiscal: compruébala antes de presupuestar.

El ICIO en Torrijo de la Cañada: preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo del ICIO en Torrijo de la Cañada?

La consulta de Hacienda muestra un 2,2 % para 2026. La ordenanza fiscal del ayuntamiento es la referencia definitiva.

¿Cuánto cuesta de ICIO una obra de 50.000 € en Torrijo de la Cañada?

Con un tipo del 2,2 %, una obra de 50.000 € de coste de ejecución material pagaría 1.100 €, antes de aplicar las bonificaciones que correspondan.

¿Quién paga el ICIO en Torrijo de la Cañada?

El dueño de la obra, que es quien soporta su coste, sea o no propietario del inmueble. Si otra persona solicita la licencia o realiza la obra, puede pagarlo como sustituto y exigir después el importe al dueño.

¿Hay bonificaciones del ICIO en Torrijo de la Cañada?

Depende de su ordenanza fiscal. La ley permite a los ayuntamientos aprobar bonificaciones, por ejemplo de hasta el 95 % para obras de especial interés municipal o con energía solar. Consúltalo en el ayuntamiento.