Cómo se calcula
La cuota es el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base imponible (artículo 102 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). La base es el coste de ejecución material: no incluye el IVA, las tasas, los honorarios profesionales ni el beneficio empresarial del contratista.
Por ejemplo, una obra de 50.000 € de ejecución material en un municipio con un tipo del 3 % paga 1.500 €. Si la ordenanza le reconoce una bonificación del 50 %, la cuota baja a 750 €.
Por qué es una estimación
Al empezar la obra, el ayuntamiento practica una liquidación provisional según el presupuesto o los módulos de su ordenanza. Al terminar, puede comprobar el coste real y practicar la liquidación definitiva (artículo 103), así que el importe final puede cambiar.
